FAMILIAR DE COMUNITARIO

Este permiso es una Autorización de Residencia, para los familiares no europeos que estén a cargo o convivan con un ciudadano de la Unión Europea o Españoles, y quieran residir en España por más de 3 meses. Se consideran familiares de españoles o comunitarios:

  • Cónyuge o pareja de hecho registradas, que convivan con el familiar que da derecho a residir en la UE.
  • Hijo directo del ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo o de su cónyuge o pareja registrada, menor de veintiún años, o mayor de dicha edad que viva a su cargo, o incapaz.

Esta es la lista de los documentos necesarios para realizar la solicitud:

  • Formulario de solicitud oficial.
  • Pasaporte en vigor del solicitante y el familiar europeo que da derecho.
  • Copia de Certificado UE o DNI del europeo.
  • Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar con el ciudadano de la Unión, emitida dentro de los últimos 3 meses, debidamente legalizada y traducida o plurilingüe.
  • Empadronamiento conjunto.
  • Medios económicos, para probar que tienes los medios económicos suficientes para la subsistencia en España .
  • Demostrar que se tiene la asistencia Sanitaria cubierta, esto puede ser a través de Seguro Médico con coberturas equiparables a la Seguridad Social o con el alta en la Seguridad Social como trabajador (para el caso de Cónyuge e hijos). 

La duración de este permiso es de 5 años, renovable por plazos de 10 años. Este permiso permite trabajar si la solicitud se ha realizado como cónyuge o pareja del ciudadano comunitario.

Si necesitas asistencia, estaremos encantados de ayudarte, puedes contactarnos directamente al +34 646 16 53 77 o por info@extranjeriaytramites.com

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